Código Ético: principios y buenas prácticas en la empresa

INDUSTRIAS PELETERAS, S.A., con domicilio social en Ctra. De Montesa s/n, 46650 de Canals (Valencia), (en adelante “la Empresa”) está de acuerdo, reconoce y se compromete a actuar de acuerdo con los más altos valores morales y éticos en la gestión de su negocio, de acuerdo a los principios de imparcialidad, equidad y transparencia y de acuerdo a las regulaciones a nivel nacional y internacional. Esperamos, pues, que nuestros proveedores deseen observar y seguir la misma filosofía en la gestión de sus negocios.

Esta carta de principios y buenas prácticas (en lo sucesivo la “Carta”), es una expresión de los principios y valores reconocidos por la Empresa, se dirige a los proveedores y sus subcontratistas y / o sus subcontratistas (en adelante los “Proveedores”) que se embarcan en las relaciones comerciales con la Empresa.

El no cumplimiento de la carta por los Proveedores es considerado como una violación grave, como para provocar la ruptura de las relaciones comerciales entre las partes, de conformidad con la ley, incluso si no se formalizan en un contrato escrito y sin perjuicio del derecho a indemnización por daño y la posibilidad de que la iniciación de un proceso penal donde se configura una acción judicial.

NECESIDADES Y RESPONSABILIDAD SOCIAL

Los proveedores están obligados a cumplir con las leyes, costumbres y prácticas en el campo del trabajo en su país, y en particular los siguientes requisitos considerados críticos por esta Empresa:

La mano de obra ilegal y el trabajo forzado

Está estrictamente prohibido el uso de mano de obra no cualificada en virtud de las autorizaciones necesarias para ejercer una actividad retribuida o parte de una profesión u oficio y prohibido su uso en el rendimiento de sus activos mantenidos contra su voluntad o el trabajo forzoso, en este sentido debe ser considerada como ilegal cualquier conducta tales como, la amenaza, el castigo, la coacción, la retención de documentos y privar al empleado de su capacidad de auto-determinación.

El trabajo infantil

Está estrictamente prohibido el uso de trabajo infantil. El término “menor” se refiere a que cualquier persona que no haya alcanzado la edad legal, no tiene que trabajar. Es una forma de explotación que constituye una violación de los derechos humanos y es reconocido y definido por organismos internacionales.

Mobbing

Los trabajadores deben ser tratados con respeto y dignidad. No está permitido infligir castigos corporales, imponer chantajes, discapacidades físicas o limitaciones morales y en general, cualquier abuso en perjuicio de los propios trabajadores.

Discriminación

Los trabajadores deben ser tratados por igual y adecuadamente. Específicamente, se requiere a los Proveedores que no practiquen ninguna forma de discriminación – en materia de contratación, el acceso a la formación, promociones, etc – por razón de sexo, raza, religión, edad, discapacidad, orientación sexual, opinión política, origen social o étnico.

La libertad de asociación y de expresión

Debe ser respetado y reconocido a cada trabajador el derecho de afiliación, sin sanciones ni discriminación de ningún tipo. De ninguna manera puede también ser socavado el derecho inviolable de toda persona a la libertad de expresión de sus pensamientos a través del habla, la escritura o cualquier otro medio de comunicación dentro del marco legal establecido.

Seguridad y Salud

La Empresa cumple con la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud en relación a los riesgos específicos de la propia Empresa así mismo se requiere a los proveedores el cumplimiento de la citada legislación para evitar accidentes o daños que puedan ocurrir durante el trabajo en la Empresa.

Relaciones laborales

La Empresa cumple con la legislación vigente en materia de contratación, retribución y contribución obligatoria en materia de Seguridad Social y Fiscal, de la misma forma requerimos a nuestros proveedores el cumplimiento de la legislación laboral. Además, todos los empleados están de acuerdo en cuanto a la negociación individual y colectiva, normativa que les es aplicable.

Adicionalmente, ningún empleado de Industrias Peleteras, S.A, podrá ofrecer, conceder, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, regalos o dádivas, favores o compensaciones, en metálico o en especie, cualquiera que sea su naturaleza, que puedan influir en el proceso de toma de decisiones relacionado con el desempeño de las funciones derivadas de su cargo.

Si se observa algún incumplimiento de este código, puede comunicarlo al siguiente email: lvila@inpelsa.lederval.es.

PROTECCIÓN DEL MEDIOAMBIENTE

Esperamos que nuestros proveedores compartan los compromisos adquiridos por esta Empresa para un entorno limpio y seguro. Esta Empresa fomenta las iniciativas encaminadas a reducir el impacto ambiental, en particular, apoya las iniciativas destinadas a promover el uso de tecnologías que reduzcan las emisiones en el medio ambiente.

También requiere que los proveedores a adoptar los sistemas más apropiados para demostrar la conformidad efectiva con las siguientes condiciones:

  • Existencia de un sistema de gestión ambiental eficiente.
  • Tratamiento adecuado de los residuos y las emisiones al aire y al agua, especial atención debe a las emisiones o residuos peligrosos que pueden ser ilegalmente abandonados en el medio ambiente.

CONDUCTA

Los proveedores deberán comprometerse a actuar de manera justa, de buena fe, con la debida diligencia, eficiencia y equidad, están obligados a actuar siempre de plena legalidad, a cumplir con las leyes y reglamentos a nivel nacional, comunitario e internacional en relación con las actividades de sus empresas especialmente deberán prestar especial atención al respeto de los requisitos en los siguientes temas:

Declaraciones administrativas y financieras

La fecha del balance, así como cualquier otro tipo de contabilidad documentada deben cumplir con las leyes y reglamentos vigentes, adoptar las prácticas y principios de contabilidad más avanzados y guiada por el principio de transparencia, que representa fielmente los hechos de los criterios de gestión de claridad, veracidad e imparcialidad en el cumplimiento de los procedimientos internos.

Los subcontratistas

Nuestros proveedores deben obtener la aprobación de esta Empresa con el fin de poder asignar legítimamente una etapa del proceso de fabricación de algunos subcontratistas. El consenso de esta Empresa es, entre otras cosas, con sujeción a la aceptación, por los mismos subcontratistas, de la presente Carta.

Las relaciones con la administración pública

En sus relaciones con la Administración Pública nuestros proveedores se comprometen a abstenerse de ofrecer, directamente o a través de los nominados, dinero u otros beneficios para el funcionario público, o sus familiares, en cualquier forma conectados a la misma y desde la búsqueda o el establecimiento de relaciones personales de favor, la influencia, interferencia con el objetivo de influir, directa o indirectamente en la actividad.

CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL

Los proveedores están obligados a mantener en privado y confidencial y no revelar ni dar a conocer datos a terceros, noticias o información de cualquier clase (incluidas las muestras, colecciones y productos) tratados en el funcionamiento de su actividad, y en cualquier caso que surja de o relacionados con esta Empresa, y que no se va a utilizar, directa o indirectamente o a través de un tercero en su propio interés o en la de otro.

El uso de marcas y signos distintivos de titularidad de la Empresa está permitido sólo con el propósito de identificar los productos, de acuerdo con las directrices de la Empresa.

El proveedor no podrá adquirir los signos, distintivos y creaciones, en particular en lo que se refiere a los dibujos, modelos, muestras, prototipos, proyectos, moldes, plantas, procedimientos y equipos propiedad de la Empresa o que estén relacionados con ella. El posible uso de tales materiales más allá de lo estrictamente autorizado se considerará posible delito por falsificación pudiendo dar lugar a un proceso civil o penal.

DERECHOS HUMANOS

Según los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos para proteger, respetar y remediar (UNPG).

Escriba aquí y pulse 'Enter' para buscar